El foro de los principios

Nadie duda de la buena fe del Congreso cuando anuncia que, a más tardar, antes de finalizada esta legislatura elegirá a los 6 Magistrados restantes del Tribunal Constitucional. Nadie duda tampoco de la buena fe de los partidos cuando dicen que agotarán todos los esfuerzos posibles para que así sea. Pero nadie duda, tampoco, de que si tanto el Congreso como los partidos no cumplen eso no sorprenderá a nadie. En efecto, de un tiempo a esta parte las promesas del Congreso han caído en saco roto. En el caso puntual de los Magistrados del TC así ha sido desde un primer momento. Primero se empezó por decir que los iban a elegir, cuando sólo eran dos los Magistrados que debían designarse, el 2010, luego que lo harían el 2011, cuando ya eran 3, y últimamente, que lo harían el 2012 cuando ya eran 4. Ahora que son 6, nada hace pensar que el Congreso y los Partidos cumplirán su palabra. Salvo de que se trate, desde luego, de un asunto meramente numérico.

No estaría demás por ello que desde la sociedad civil se avancen distintas propuestas con la finalidad de reformar el sistema de elección de los Magistrados del TC previsto en la Constitución. Desde nuestro punto de vista se debería volver a la fórmula de las ternas. Este sistema no sólo permitía que más poderes y órganos del estado intervengan en la designación de los jueces constitucionales, sino que permitía un escrutinio más estricto de la ciudadanía. A través de este mecanismo poderes del Estado como el Judicial y el Ejecutivo podrían presentar sus propios candidatos, al igual, de permitirlo la ley, que los sindicatos y los gremios empresariales. Ello traería aparejada la ventaja adicional de que por tratarse de ternas la ciudadanía tendría claro quién es quién entre todos los candidatos, pues como ya habrían sido seleccionados, el filtro del Congreso sería meramente simbólico.

Este sistema de elección de Magistrados sería congruente además con una forma de pensar y vivir la democracia. Una que, por caso, no está comprometida con el ideal de democracia representativa de nuestro país, y que fue importado de otras realidades y contextos distintos al nuestro. Este modelo de democracia sería el de la deliberación pública. De acuerdo con este nuevo paradigma la democracia ya no consiste en escuchar solamente la voz de los representantes, sino, y principalmente, en escuchar la voz de los representados a través, tanto de mecanismos de control sobre los representantes, como de participación directa en la toma de decisiones políticas.

En ese contexto contar con un TC plural, tolerante, diverso es un paso adelante hacia ese paradigma. Por el contrario continuar con el sistema de elección actual, con el statu quo, es una pérdida de tiempo y un retroceso en términos de protección de derechos, independencia de poderes e imparcialidad de los jueces constitucionales. Un TC dependiente de las componendas del Congreso será, quiérase o no, un TC dependiente de la voluntad de las personas que controlan los principales partidos en el Congreso. Por eso lo que se busca es arrebatarle el monopolio de esta decisión al Congreso, para trasladársela a los ciudadanos mediante la participación de los demás órganos del estado, pero también de los sectores que representan tanto a los trabajadores como a los empresarios. La meta de una propuesta como esta es, en suma, generar las condiciones estructurales para que el TC se convierta, como solía decir John Rawls, en el foro de los principios de una democracia.

 

La renuncia del Magistrado Beaumont

La renuncia del Magistrado Beaumont al pleno del TC ha motivado, además de muy duras críticas, incluso, de sus propias colegas, un inesperado debate acerca de sí los jueces constitucionales pueden o no renunciar a sus cargos. Esta pregunta, en términos amplios, podría ser planteada de la siguiente forma: ¿Pueden los jueces constitucionales renunciar a sus cargos, aún cuando el Congreso no haya nombrado a sus reemplazantes? De forma más dramática ¿pueden los jueces constitucionales renunciar a sus cargos aún cuando el Congreso no haya nombrado a sus reemplazantes y ya hayan transcurrido meses, años desde la última vez que debió hacerlo?

Esta pregunta puede ser respondida de dos maneras: una formal, esbozada, por ejemplo, por el Presidente del Tribunal Constitucional, y una sustancial, esbozada por algunos líderes políticos y destacados constitucionalistas.

El argumento formal sostiene que el artículo 16° de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional ordena que un miembro del TC no puede dejar de ejercer sus funciones hasta que el Congreso no nombré a su reemplazante. Si bien es cierto que la Constitución no prohíbe (pero tampoco permite) que un Magistrado renuncie, la Ley Orgánica, que hace las veces de norma de desarrollo constitucional, sí. En la medida que dicho artículo establece una prohibición expresa para la renuncia, y dado que se trata de una norma que es parte del bloque de constitucionalidad del artículo 201° de la Constitución que regula el estatuto de los Magistrados del TC, entonces, se debe asumir que es esta, y no otra, la norma correcta para responder a esa pregunta.

El argumento sustancial, por otro lado, sostiene que no se puede obligar a nadie a permanecer en un cargo público sin su consentimiento. Este argumento es consistente con el derecho al trabajo y con el libre desarrollo de la personalidad. De manera puntual, este argumento sostiene que aun cuando estemos frente al ejercicio de un cargo público, no se puede imponer a quien lo ejerce la carga de mantenerse en el contra su voluntad. Si ello fuera así se correrían dos riesgos: se vulnerarían sus derechos –los cuales están por encima de los intereses colectivos- y se pondría en riesgo el propio ejercicio del cargo. No hay nada peor que un funcionario que no quiere, o no este motivado para desempeñar una función pública.

Ambos puntos de vista tienen un lado fuerte y uno débil. En el caso del argumento formal su lado fuerte es que, en efecto, la Ley Orgánica impone que ningún Magistrado puede dejar de ejercer sus funciones hasta que el parlamento no designe a su reemplazante. Su lado débil es que si bien esa norma es una regla, su validez está atada a la Constitución, cuya interpretación, según el TC, no puede hacerse de manera aislada y literal.

En el caso del argumento sustancial su lado débil radica en que si bien es cierto que la renuncia es un derecho inherente a todo trabajador, también lo es que la misma no puede actuarse sin  tomar en cuenta los intereses de los empleadores. Una renuncia inopinada y basada en la voluntad meramente del trabajador sentaría un pésimo precedente en una relación laboral. Su lado fuerte, es que el periodo por el cual fue elegido el Magistrado Beaumont concluyó hace varios meses, con lo cual se probaría que la omisión del Congreso ha sido adrede.

En mi opinión la renuncia del Magistrado Beaumont es válida y legítima. No sólo el plazo por el que fue elegido ya expiró hace mucho, sino que, además, el Congreso ha sido bastante indolente en elegir a su reemplazante a tiempo. El argumento formal expuesto por el presidente del TC sería válido en un escenario de normalidad constitucional, vale decir cuando la omisión del Congreso estuviera dentro de los límites de lo razonable, pero no es este el caso. La demora del Congreso, en algunos casos por más de 4 años, en elegir a los nuevos Magistrados del TC prueba que esta ha sido deliberada. No deberíamos avalarla con nuestro silencio.

Lo que el dinero no puede comprar

Michael Sandel en la Universidad de Harvard

Michael Sandel es uno de mis autores preferidos. Posee esa rara mezcla de erudición y claridad, de brillantez y persuasión que logra que todos sus libros sean una delicia. Uno anterior, Justicia, fue notable; el que acabo de leer, Lo que el dinero no puede comprar, es aun mejor.

Pero no confundamos las cosas. Justicia es un libro que reseña, en términos generales, el curso del mismo nombre, que dictó en la Universidad de Harvard y que fue, desde todo punto de vista, un éxito. Lo que el dinero no puede comprar en cambio es un libro que dirige sus armas en contra de los fundamentos morales del mercado, o al menos de sus fundamentos morales hoy en día.

La premisa del libro es la siguiente: no todo tiene un precio. Esta verdad que la conocemos desde los tiempos de Aristóteles, parece habérsenos olvidado en el presente. Existen un sinfín de bienes, invaluables, desde una perspectiva moral, que, sin embargo, poseen un precio en el mercado. Por ejemplo, los órganos humanos, la amistad, el amor, el honor, etc, etc. Estos bienes que, en apariencia, no podrían tener un precio, según Sandel, en la práctica sí lo tienen, aunque representen algo distinto de lo que supuestamente dicen representar.

Sandel plantea innumerables ejemplos. Uno de ellos, el caso de aquellas universidades de la Yvi League que admiten estudiantes que no son muy brillantes, sólo porque sus padres pueden hacer  donaciones cuantiosas. O, el caso de aquellas personas que ofrecen sus servicios como amigos por horas, días, semanas, o incluso meses, si así lo consideran (y lo pueden pagar) sus clientes.

Estos casos, sostiene Sandel, demuestran que muchos bienes que, en abstracto, no podrían tener un precio, acaban teniéndolo en el mercado, en gran medida, por la falta de escrúpulos de éste, pero en parte también porque la noción de lo público, en muchas de nuestras comunidades, se ha perdido. Hemos pasado, señala, de una ética del bien común, del interés general, a una ética del interés privado, del libre mercado donde todo tiene un precio y todo se puede comprar.

El punto es que no todo se puede comprar y en eso radica, en gran medida, la importancia de los sentimientos morales en los que se basa una sociedad para alcanzar sus fines. Si solo nos interesara aumentar nuestras ganancias, y aminorar nuestras pérdidas, probablemente entraríamos en una espiral de todos contra todos, donde, por supuesto, los más fuertes, aquellos que sí pueden comprar cualquier cosa en el mercado, se terminarían por imponer.

En qué se distinguiría una sociedad como esa de un estado de naturaleza.

El Servicio militar y la objeción de conciencia

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El debate sobre el servicio militar (SM) trae a la memoria otro que resulta ya todo un clásico dentro de la filosofía del derecho y la teoría política: el debate sobre la objeción de conciencia y la rebeldía. Este, como el primero, es un debate donde lo importante se centra en el rol que, consideramos, es el que le corresponde asumir al Estado en una democracia. El primero, como el segundo, es un debate donde lo que está en cuestión no es si el Estado necesita que se potencie a sus fuerzas armadas sino cómo y a qué precio.

Los argumentos aportados a favor del SM son, por decir lo menos, bastante débiles. Por honestidad intelectual los reseñaré brevemente a continuación: a) el Estado no cuenta con el número de efectivos para cumplir con sus labores de vigilancia y seguridad, principalmente, en las regiones más inhóspitas del Perú; b) el SM es, en realidad, voluntario solo que se torna obligatorio cuando no se alcanza el número mínimo de reclutas; c) realizar el SM es un honor y un privilegio. Todos los peruanos en algún momento de su vida deberían servir en las fuerzas armadas.

Ninguno de los argumentos expuestos posee asidero constitucional. Trataré de explicar porqué.

Para empezar el que el Estado no cuente con el número de efectivos que necesita no es responsabilidad de los ciudadanos, sino del Estado. El Estado no puede cargar sus responsabilidades a los ciudadanos. No está hecho para eso. Luego, el que realice un sorteo para completar su nomina no reduce el problema mencionado antes, sino que lo agrava, pues introduce un mecanismo que, en apariencia, es imparcial, pero que en la práctica genera situaciones de discriminación. Nadie pone en cuestión que servir al país sea un honor y, según se vea, un privilegio, pero lo que se discute no es eso, sino la forma y la oportunidad en que un ciudadano, en pleno uso de sus facultades y derechos, considera que debe hacerlo.

Y aquí es donde conectamos la discusión sobre el SM con el debate sobre la objeción de conciencia y la rebeldía. Los seres humanos en tanto sujetos morales tenemos obligaciones y derechos cuando participamos de una comunidad que se precia de ser justa. Sin embargo, en determinadas circunstancias algunos arreglos institucionales pueden llevar o, a minusvalorar esos derechos (u obligaciones) o, a instrumentalizarlos para causas que no sean justas. Cuando sucede ello contamos con el derecho a resistir el derecho. La objeción de conciencia se inserta en esta lógica como un prerrogativa que nos permite resistir un mandato normativo porque contraria nuestras convicciones morales más intimas.

No debería ser el caso del SM, en tanto, existen otras medidas menos extremas para aminorar sus efectos como, por ejemplo, su derogación por parte del Congreso, pero en caso ello no ocurra no debería descartársele como una salida. La razón de ser del derecho a la objeción de conciencia es garantizar a los individuos un ámbito de libertad que no sea afectado por el Estado. No se trata de la tradicional libertad negativa sino de una protección más amplia y exigente. Se trata de proteger a las personas de aquellas amenazas que van en contra de lo que cree en su fuero más intimo, de aquello que le da sentido a su vida y le permite ser parte, en un sentido ideal, de una comunidad que lo trata con igual consideración y respeto.

La revocatoria en Lima: conclusiones finales

La reciente consulta de revocatoria nos deja un saldo desfavorable, a tenor de lo que realmente importa para el futuro de nuestra débil institucionalidad democrática. No sólo tendremos, al parecer, nuevas elecciones en 8 meses, sino que la alcaldesa de Lima, que al final sí pudo superar la prueba de fuego a la que fue expuesta, perdió la mayoría relativa que tenía en el Concejo ¿cómo va a gobernar de ahora en adelante, nos preguntamos?

Dos son los temas que nos interesan sobre el futuro de esta institución: el primero, si de verdad optimiza la participación ciudadana, o, como sostienen diversos analistas, es más bien un arma de chantaje que puede ser usada en cualquier momento en contra de autoridades democráticamente elegidas. El segundo es, ¿en caso de mantener esta institución qué cambios deben hacerse para aumentar sus ganancias y aminorar sus pérdidas?

Sobre lo primero, considero que es una institución que, en abstracto, no atenta contra la democracia política. La revocatoria puede contribuir a mejorar la deliberación ciudadana si es comprendida como lo que realmente es, un instrumento de control y fiscalización de nuestras autoridades políticas. Una de las razones de su fracaso en el Perú ha sido, justamente, que pese al nombre que lleva en la práctica ha funcionado de otra manera. Según información proporcionada por el JNE existen distritos donde se han revocado tantos alcaldes como años tiene una gestión municipal. Con una dinámica de este tipo resulta sumamente difícil que la revocatoria contribuya a la democratización del país.

Aunado a lo anterior se halla, entonces, la pregunta acerca de qué cambios se deben implementar para mejorarla. Al respecto, comparto la tesis de numerosos especialistas, entre ellos, el profesor Fernando Tuesta, de que la revocatoria debería ser empleada únicamente en casos extremos. Para ello, naturalmente, sus requisitos de procedencia deberían ser también más exigentes. En Lima, por ejemplo, se requieren sólo 400 mil firmas, aproximadamente el 6% del padrón electoral, para que proceda, mientras que en el resto del país se requiere el 25%. Lo razonable sería que tanto en Lima como en cualquier otra parte se requiera sólo el 25% de firmas. Asimismo, según la Ley de Participación Ciudadana, para revocar a una autoridad se necesita únicamente la mayoría más uno de los votos válidamente emitidos el día de la revocatoria. En otras palabras, una minoría podría potencialmente revocar a una autoridad elegida por la mayoría.

Estos cambios son apenas unos cuantos de los muchos que se tienen que implementar y que deben ir de la mano de una revisión sistemática de la legislación electoral en el Perú. La revocatoria es un mecanismo de participación ciudadana que lo mismo puede servir para debilitar las instituciones democráticas cuando está mal regulada. En el Perú hemos tenido la fortuna de percibir esto desde hace muchos años  pero al parecer nadie se dio cuenta.

Con todo una lección que nos deja este último proceso de revocatoria en Lima es que tanto como los derechos nos deberían importar sus garantías. La revocatoria es una institución noble y que en circunstancia ideales puede contribuir al fortalecimiento de la democracia, pero que, como acabamos de ver, mal regulada y pensada en función de intereses mezquinos, desestabiliza e instala el caos donde se adolece de contrapesos institucionales sólidos.  No estaría de más que de una vez por todas empecemos a reflexionar sobre nuestros problemas desde nuestra realidad, no desde la realidad etérea de otros países a los que ni nos parecemos, ni conocemos.

Tramo final

El triste espectáculo al que nos han sometido hoy los revocadores no es sino la cereza en el pastel de un proceso que nació torcido. A solo una semana de las elecciones para la revocación en Lima quedan, meridianamente, claras algunas cosas:

  • La opción del sí no tiene argumentos de peso para revocar a la alcaldesa.
  • La opción del sí en realidad  ha usado este proceso para otros fines.
  • La opción del sí no es en contra de la mala gestión de la alcaldesa o en contra de su supuesta ineficiencia, sino a favor del desorden y el caos que se generarían en caso triunfara en su propósito de revocar a la alcaldesa.

El concejo municipal, en general, y la alcaldesa y Fuerza Social, en particular, han cometido muchos errores. Muchos de ellos han sido producto de su inexperiencia y de su falta de sensibilidad ante los problemas de Lima, pero otros, han sido, también, producto de una cacería de brujas que desde el minuto 1 tuvo el objetivo de apartar a Susana Villarán de la alcaldía de Lima.

Lo mejor que pueden hacer por ello en estos cortos siete días que quedan es recordarle a la gente las razones del sí y el costo que le generarán a Lima. Si la revocación triunfa no sólo tendremos, en principio, 4 alcaldes en poco más de un año y medio, sino que se legitimara una práctica que es terriblemente perversa: aquella según la cual sino me gusta la autoridad que eligió la mayoría, puedo revocarla contando con el apoyo de la minoría.

La revocación, en suma, no hace más participativa y popular a nuestra débil democracia, sino, y por todo lo que sabemos hoy, todo lo contrario.

Hugo Chavez . Fuente: El País, de España

La muerte de Hugo Chávez ha generado reacciones encontradas. Por un lado están quienes lo ensalzan recordando su compromiso con la causa de los pobres y los más necesitados, y por el otro están quienes lo critican recordando los abusos que cometió durante los 14 largos años que estuvo en el poder en Venezuela.

Lo cierto es que Chávez fue, para bien o para mal, un político que no dejaba indiferente a nadie. Hizo cosas buenas, como poner en la agenda política la presencia omnímoda de los Estados Unidos en la Región, o desarrollar proyectos de inversión social a favor de los sectores más necesitados, pero también hizo cosas malas, como abusar del poder que tuvo o silenciar a la prensa.

Pese a todo, no se debe olvidar un detalle importante para entender su influencia: Chávez contó con el apoyo de los más pobres. Ellos fueron los que, elección tras elección, le dieron sus votos. Sin ellos el poder de Chávez hubiera sido demasiado efímero.

¿Por qué los pobres apoyaban incondicionalmente a Chávez?, ¿por qué otros líderes, otros partidos no tuvieron su adhesión?, ¿por qué esos mismos pobres son hoy los que lloran con más sentimiento al líder bolivariano? Responder a estas preguntas será clave para entender los enormes desafíos que deberá afrontar Venezuela en lo inmediato.

Ronald Dworkin y los principios

El aporte de Ronald Dworkin a la teoría jurídica contemporánea ha sido notable. No sólo ha escrito libros y artículos cuya influencia aun sigue vigente, sino que ha modelado el devenir de instituciones tan significativas como la Comisión de la Verdad que investigó los crímenes de la Junta militar que gobernó la Argentina durante los años 70.

En América Latina se le conoce, sobre todo, por “Los Derechos en serio”, el libro que escribió en los años 70 como una crítica (devastadora) en contra del positivismo de su maestro en Oxford, H.L. Hart. En “Los derechos en serio”, Dworkin sostendrá que el sistema jurídico no se compone sólo de reglas (primarias y secundarias) sino que comprende también a los principios. Para Dworkin los principios cumplen en este esquema la función de incorporar la moral en el derecho. Se trata de un tipo de normas que, contrario a lo que sostenía el positivismo, no aumentan la discrecionalidad del juez, sino que la reducen, al obligarlo a justificar cómo y de qué forma su interpretación se incorpora en una narrativa más amplia que incluye a los precedentes y a las normas actuales.

Su crítica al positivismo no fue el único aporte de Dworkin a la teoría jurídica contemporánea, junto a ella se encuentra otra, más atractiva y sofisticada: el derecho como integridad. Si se acepta que las reglas no son el único tipo de normas que componen el sistema jurídico, entonces, verbigracia, se debe aceptar que existe otro tipo de normas distinto. Este sería el caso de los principios. ¿Las reglas se pueden interpretar igual que los principios? Para Dworkin no. Según este autor existen dos tipos de principios: los principios en sí mismos y las directrices. Los primeros apelan a valores abstractos, como la dignidad, la libertad, etc., mientras que los segundos apelan a valores e intereses sociales y políticos, como el ahorro, la estabilidad económica, o la unidad de la familia. Los principios son normas prima facie, es decir, se imponen por encima de otras normas, mientras que las directrices son normas prudenciales, es decir, se imponen, siempre y cuando, no estén en contravía de los principios. La forma de interpretar los principios, sobre todo, los principios en sí mismos, disiente de la forma de interpretar las reglas. Los principios se interpretan tomando el derecho como integridad, mientras que las reglas se interpretan tomando el derecho como la conjunción de reglas primarias y secundarias.

Interpretar el derecho como integridad equivale a decir interpretar el derecho considerando no sólo las normas, sino los valores y principios morales que subyacen a estas y que, inevitablemente, se incorporan al derecho a través de los principios. Para explicar su idea, Dworkin recurre a la metáfora de la novela en cadena. Imaginemos que interpretar en Derecho, es semejante a escribir una novela a varios manos. La trama principal de la novela puede versar sobre una pareja de novios que pese a todo decide vivir apasionadamente su amor. En el primer capítulo, la novela nos cuenta cómo se conocieron, en el segundo como se enamoraron, en el tercero como su amor despertó las iras y el odio de sus amigos y familiares. Ahora le piden a usted que escriba el cuarto capítulo teniendo en cuenta, nuevamente, que la novela trata sobre una historia de amor. Si en este cuarto capítulo en lugar de contar qué sucede con la pareja y el rechazo de sus padres, cuenta, por ejemplo, que el novio fue convencido, inopinadamente, por una misión de la NASA para que aborde una nave especial con dirección a Marte y que un día antes de su partida todos sus amigos y familiares, incluida la novia fiel, le organizan una gran fiesta, lo menos que sus lectores le dirán es que echo a perder la novela. Algo similar ocurre cuando resolvemos un caso. El caso puede no tener parangón con ningún caso previo pero sus componentes esenciales pueden haber sido delineados anteriormente. Si, por ejemplo, al momento de resolver un caso sobre libertad de expresión afirmo que es constitucional que el Estado obligue a todos los ciudadanos a identificarse cada vez que critican una de sus medidas, no estaré interpretando adecuadamente la Constitución, pues sumaré a esta, como en el caso de la novela en cadena, una lectura que no se desprende  de las lecturas previas sobre este derecho fundamental.

Según Dworkin siempre hay una respuesta correcta en el Derecho. Para hallarla hay que tener un ojo en el pasado (práctica constitucional) y otro en el presente (caso concreto) mirando hacia el futuro (¿Cómo mejora (o empeora) mi respuesta la práctica del derecho en la actualidad?). No es, a diferencia del positivismo, una mejor respuesta basada en el formalismo (qué permiten o prohíben las reglas) sino en la interpretación crítica de la práctica constitucional hasta nuestros días. De ahí que su héroe, el famoso juez Hércules, tenga que ser tan precavido antes de dictar una sentencia. Para empezar no puede resolver un caso apelando al celebre dictum: “… porque el artículo X de la Constitución asi lo establece”. El derecho en tanto producto social está en constante evolución. El rol del juez en una democracia radica en interpretar esos avances (y retrocesos) para pensar el derecho a su mejor luz, no para hacerlo como un producto de la voluntad de quienes, momentáneamente, ejercen el poder.

La revocatoria y sus problemas

La revocatoria es un mecanismo de la democracia directa, a través de la cual los ciudadanos expresan su conformidad o rechazo con sus autoridades locales. Surgió en el Perú a raíz de una reforma que buscaba implementar mecanismos que fomentaran la participación ciudadana y complementaran y/o corrigieran algunos de los principales problemas de la democracia representativa. Nadie puede decir que no ha funcionado (tampoco que sí) si se toma en cuenta que, por lo general, se ha activado en distritos muy pequeños, cuyo impacto ha sido ignorado por la clase política y la academia. Hasta ahora.

Uno de los beneficios del proceso de revocación en contra del Concejo de Lima es que ha permitido percibir con mayor claridad las ventajas y desventajas de este mecanismo. Hasta hace unos meses nadie hablaba de la revocatoria y era tomada en cuenta por la prensa solo por los escándalos que conllevaba: compra de votos, quema de urnas, etc. Pero nadie había reflexionado, imparcialmente, sobre sus alcances y límites. Gracias a este proceso esa situación ha cambiado. Para empezar se han alzado distintas voces que señalan que la revocatoria le inflige un daño tremendo al país. Quienes sostienen ello afirman que la revocatoria genera un incentivo perverso en contra de la gobernabilidad, pues le da a las minorías el poder de decidir sobre las mayorías. Basan su análisis en la regla electoral, según la cual, los votos blancos, viciados, y nulos no entran en el conteo de la revocatoria, sino solo los votos válidos. Otros argumentan, por el contrario, que la revocatoria es un mecanismo idóneo para fortalecer la democracia. Gracias a ella los ciudadanos pueden reemplazar a aquellas autoridades que, a su juicio, no los representan o hacen mal su trabajo. Por último, están quienes se ubican en un punto intermedio: la revocatoria es buena siempre y cuando actué como válvula de escape frente a hechos muy graves de corrupción, mala gestión o inmoralidad. En los demás casos es siempre negativa.

La revocatoria, en efecto, es un mecanismo de la democracia directa y como tal debe ser ponderada y valorada por sus frutos no solo reales sino, y esencialmente, potenciales en un país, como el nuestro, donde sus autoridades e instituciones comparten, por lo general, conductas profundamente antidemocráticas. Eso no quiere decir, por supuesto, que la revocatoria, tal y como la conocemos hoy en día, sea perfecta o esté exenta de críticas. Por el contrario, posee muchos problemas asociados a su diseño legal que en la práctica han terminado por desnaturalizarla.

En un post anterior critiqué muy fuertemente la revocatoria en contra de la Alcaldesa Villarán pero no tanto por el proceso en sí, como  por la forma como se estaba llevando adelante en el caso de Lima. Dos problemas que pueden ayudarnos a reflexionar sobre este punto: según la Ley de Participación Ciudadana (artículo 22°) “la consulta se lleva adelante en una circunscripción electoral, si el veinticinco por ciento de los electores de una autoridad, con un máximo de 400,000 firmas, presenta la solicitud de la revocación del mandato ante la oficina de procesos electorales correspondiente” En el caso de la mayoría de los distritos y provincias del Perú siempre va a operar la regla del 25%, pero en el caso de Lima, no. Lima posee actualmente cerca de 6 millones y medio de electores, según el RENIEC, de tal suerte que el 25%  equivale a  más de 1 millón 700 mil firmas. Como esa cifra excede largamente el tope de las 400 mil, entonces, esta última será el tope que se tome en cuenta. Como resulta de un simple análisis matemático: 400 mil firmas no equivale al 25% de electores de Lima, ni siquiera al 10%, equivale, puntualmente, a poco más del 6%. Con lo cual es posible decir que mientras que para casi todos los distritos y provincias del Perú se requiere el 25% del número de firmas para que se convoque a un proceso electoral de revocatoria, en el caso de Lima se requiere sólo el 6%. Segundo problema: la ley electoral señala, actualmente, que para el conteo de los votos del proceso electoral de revocatoria sólo se considerarán los votos válidamente emitidos, mientras que los votos blancos, viciados y nulos serán descartados. En la práctica esto podría llevar al siguiente escenario: si de cada 10 solo 5 votan a favor o en contra de la revocatoria, sobre ese universo se calculará el 100% de los votos válidos y no sobre los 10 que efectivamente votaron. En un contexto de apatía y desinformación electoral es más que probable que la minoría prime sobre la mayoría ya sea para remover o mantener en el cargo a una autoridad edil.

Ahora bien, estos problemas que he mencionado no son problemas atribuibles a la revocatoria per se, como mecanismo de la democracia directa, sino a su diseño legal. Se podrían resolver, por tanto, si se modificara la ley y se pensara en un diseño que optimizara sus beneficios, pero sin desnaturalizarla o generar incentivos perversos. El tema no es tan problemático como parece. Basta con que se modifique la Ley de Participación Ciudadana y se hagan los cambios necesarios. Estos puntos que he mencionado muy brevemente son dos de ellos, pero diversos especialistas ya han señalado otros. De lo que se trata, nuevamente, insisto, no es de eliminar la revocatoria de nuestra legislación electoral, sino de repensarla en función de los principios de la democracia deliberativa.

No estoy de acuerdo, por consiguiente, con aquellas voces que piden que se elimine la revocatoria, tomando como pretexto la forma como se ha desarrollado en Lima. Por el contrario, pienso que, dentro de todos los problemas que ha tenido (y tiene), nos ha dejado una enseñanza importante: que el diseño de las instituciones es decisivo para su éxito o fracaso, que no basta sólo con ponerle el título de democrática a una institución para que inmediatamente lo sea, y que, paradójicamente, la única forma de resolver estos problemas es con más democracia, no con menos.

Emoción y razón en la revocatoria

Susana Villarán, Alcaldesa de Lima

A medida que se van sucediendo los días los promotores de la revocatoria como los de la anti revocatoria incurren en numerosos errores. El error de los revocadores es insistir con la cantaleta de que Susana Villarán (y su equipo) son discriminadores, o pitucos o que desprecian al pueblo. El error de los anti revocadores es insistir en que esta campaña es contra la corrupción, contra las mafias, contra los que no quieren que Lima progrese, etc. Esta campaña no es ni a favor ni en contra de nadie, salvo de la permanencia en el cargo de Susana Villarán y el grupo de regidores del Concejo de Lima.

Los revocadores han cometido el tremendo error de usar como imagen de campaña una combi. Una combi, como bien sabemos todos los que padecemos a diario el transporte público de Lima, es el símbolo de la informalidad y el caos que campea en la ciudad. Lima no posee un sistema de transporte articulado y ordenado. Nunca lo tuvo, es cierto, pero al menos hasta fines de los 80 se hicieron denodados esfuerzos por tener uno. Lo que vino después fue la informalidad más brutal. El gobierno de Alberto Fujimori liberalizó las rutas y desde esa fecha  en adelante los limeños tenemos, según datos internacionales, uno de los peores sistemas de transporte público del mundo.

Los anti revocadores han cometido el error de usar como imagen de campaña a conocidas figuras del espectáculo y del deporte. Nadie tiene nada en su contra, excepto que no representan a quienes, finalmente, decidirán la elección: los sectores d y e. Su imagen es la de personas exitosas, que han conseguido notoriedad haciendo lo que más les gusta, y que, debido a ello, no tienen que sufrir los problemas que la mayoría de limeños sufren: desorden, informalidad, inseguridad, etc.  El  No debe recapacitar sobre este punto  y dirigir  su campaña en  otra dirección.

Los revocadores, para decirlo en términos criollos, han convertido esta campaña en una cruzada contra los pitucos y los caviares, a quienes no les interesa la suerte de los millones de limeños sin acceso a servicios básicos y que, como bien indica su logo de campaña, viajan a diario en combi. Los anti revocadores han convertido esta campaña en una lucha a muerte contra la corrupción y las malas prácticas ediles. Me pregunto: ¿todos los que votarán por el Si son corruptos y todos los que votarán por el No caviares?

Posiblemente el error de perspectiva este en que tanto el Sí como el No confunden a sus dirigentes con los argumentos para la revocatoria. Nadie sensato debería votar por el No solo porque Alan García o Luis Castañeda están detrás del Sí, de la misma forma que nadie debería votar por el No sólo porque Susana Villarán cuenta con el apoyo de Alejandro Toledo. Es muy difícil en política separar la razón de la emoción, pero si ambas tiendas pretenden tener éxito deben hacer ese esfuerzo. Si gana el Sí porque a la mayoría le pareció más creíble la versión de la alcaldesa dada por el APRA, cuando las cosas no caminen bien, al primero que culparán será a Alan García y no a la revocatoria. Si gana el NO porque a la mayoría le pareció más confiable la versión de la alcaldesa dada por Alejandro Toledo o Lourdes Flores, cuando las cosas marchen como hasta ahora, a los primeros que culparán será a estos dos políticos. Siempre es más fácil hacer una campaña basada en las emociones de los votantes, pero no más efectivo. La razón a veces es más útil. En la mezcla entre emoción y razón estará el éxito del Sí o del No en esta revocatoria.